3 Aspectos importantes que tu programa de contabilidad debe cumplir para el 2014

Programa de contabilidad  para el 2014

¿Has adaptado ya tu programa contable al nuevo criterio del Iva de caja?

Independientemente que programa de contabilidad utilices, durante el mes de diciembre empieza el plazo para solicitar la aplicación del IVA de caja en aquellas empresas que cumplan los requisitos definidos el reglamento del IVA (BOE del 26 de octubre de 2013), dicha solicitud la deberemos realizar durante el mes de diciembre en la correspondiente declaración censal. Mod.036.

Como consecuencia de la aplicación de esta norma, todo programa de contabilidad, deberá estar actualizado a fecha 01/01/2014, fecha que entrará en vigor la norma.

Si aún no tienes un programa de contabilidad, estas pensando en adquirir uno o simplemente el que tienes no te convence, deberás tener en cuenta lo siguiente aspectos:

Aspectos importantes que tu programa de contabilidad debe cumplir

1.- Identificación de los sujetos acogidos al IVA de caja.

  • Si te has acogido al IVA de caja, deberá poderse configurarse de tal manera que todas tus operaciones sujetas, reciban el tratamiento adecuado una vez se hallan realizado.
  • Si no te has acogido, deberás poder identificar a aquellos Clientes/Proveedores que si están acogidos a las operaciones sujetas, el IVA tendrá otro tratamiento que el IVA generados por aquellas operaciones de terceros no sujetas al criterio de IVA de caja.

Todos aquellos sujetos que se acojan al régimen de IVA de caja tendrán que hacer mención expresa a este hecho, mediante la frase en la factura “Régimen especial de IVA de caja” o similar.

2.- Contabilización de las operaciones sujetas.

  • Debe de poder, una vez identificados los sujetos acogidos al IVA de caja, realizar la  contabilización de estas operaciones de forma automática una vez introducidos los datos de las facturas.
  • Debe de poder realizar un seguimiento de cobros y pagos para conocer cuándo declarar el IVA de caja tanto repercutido como soportado.
  • Para el tratamiento de las cuentas de IVA de Caja, debe dar la posibilidad de crear un conjunto de subcuentas donde reflejar estas operaciones.

3.- Liquidación periódica del IVA de Caja Mod. 303.

  • Deberá ser capaz de cumplimentar de forma correcta los libros registro de facturas emitidas y libro registro de facturas recibidas.
  • Deberá ser capaz  y de forma automática de obtener los datos relativos a las operaciones acogidas al IVA de Caja y los datos relativos a las operaciones acogidas al régimen general, a efectos de cumplimentar de una forma correcta el Modelo 303.
  • Deberá ser capaz de establecer una relación entre el IVA a liquidar y las cuentas cuentas contables de IVA que han intervenido es esa liquidación, a efectos de  verificar la integridad entre el Libro registro de IVA y cuentas contables.

Verifica que tu programa contable cumple alguno de estos requisitos antes de iniciar el ejercicio contable de 2014 y que se a adaptado al nuevo régimen de Iva de caja.

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